Diari de Setge: 18 de gener de 1714 (dia 178)

Jornada CLXXVIII del setge. Dijous. Avui els nostres generals han tingut consell de guerra extraordinari. Els caps han presentat per escrit la seva opinió sobre les tres possibilitats que s’ofereixen a la defensa de la Ciutat: atacar en massa el cordó de contraval·lació de l’enemic, provocar-ne i vèncer un assalt general a Barcelona per part dels borbònics i reforçar les accions de suport a la rereguarda per fer-los desistir i retirar-se. Els generals han estat informats també dels rumors que alguns infiltrats fan córrer, amb la intenció de desanimar-nos, sobre la suposada correspondència amb l’enemic del comandant en cap Villarroel i el Conseller en Cap Rafael Casanova. Maniobres indignes dels nostres enemics. Mentre els caps discutien, els nostres fusellers s’han apropat des de Santa Madrona al fortí del coll de Montjuïc, des d’on han fet un foc intens a l’enemic, provocant i patint algunes baixes. Han ferit greument el tinent de Regiment de la Ciutat Joan Ros. Déu li alleugi els patiments i el rebi quan correspongui. L’artilleria del Castell s’ha concentrat en les faldes de la muntanya, a la part de Safont. Alguns enemics han passat amb bagatges i provisions des de Gràcia al Mas Guinardó; els hem disparat intensament. Han arribat cinc desertors a la plaça.


Montjuïc

Font: http://www.diaridesetge.cat

El Tinent Joan Ros, finalment morí el dia 26 del mateix mes, descansi en pau.

El sisè batalló fa guàrdia a les portes i el cinquè als baluards i mitges llunes.

Els dictàmens del Consell de Guerra extraordinari, promogut pel Consistori dels Diputats, foren tramesos per escrit els dies 19 i 20 de gener:

«Excmo. Sr.

Señor, sobre el primer punto en el cual fue servido proponernos, si convenia hacerse los destacamentos, ó no, es mi parecer, se hagan como V. E. tenia ya dispuesto, y se de calor a los paisanos conmovidos.

Sobre el segundo punto, en el cual nos ha propuesto, si era conveniente el aguardar los enemigos, y esperar el asalto, mediante la introducción se ha tenido, es mi parecer se hagan todas las diligencias possibles, para obligarle a que venga, pues para asaltarnos, debe exponer su todo, y nosotros no vamos a perder nada, y que se continue su correspondència, y en ningun modo se divulgue nada, no obstant, el haberse publicado algo contra el decoro de V. E., pues en caso de lograrse, la operacion misma, serà quien desengañe á cualquier, que maliciosamente tal haya discurrido, y de no lograrse, tanto yo, como todos, sean testigos del recto procedir de V. E.

Sobre el tercer punto en él nos propone; si es conveniente el llegar á accion universal, ó particular y cuando. Es mi parecer que universal en ningun modo, pues lo que ellos van á exponer en asaltarnos, ganarán si les atacamos, y no discorro debiamos desconfiar de los socorros del Sr. Emperados nuestro amo, accion particular, aunque arriesgada, pues, nuestra mira solo ha de ser, el defender esta Plaza. Puede V. E. probarlo y esta cuando V. E. comprenda ser mas oportuna, pues todos los instantes se pueden ofrecer accidentes, que lo dilaten o obstruyen. Que es cuando se me ofrece decir a V. E.

Hoy dia 19 de enero de 1714 – Excmo. Sr. El general de batalla D. José Martí. – Excmo. Sr. D. Antonio de Villarroel.»

«Excmo. Sr.

Habiendo V. E. mandado que diga por escrito, el parecer que á boca di ayer en el Concejo, sobre si sabiéndose la conmocion del país, convindria remitir los destacamentos nombrados, para el Campo de Tarragona y Mataró.

Si es conveniente esperar que el enemiga asalte esta plaza, mediante lo que V. E. ha practicado, para persuadirlo a ello.

Si habiendo sabido V. E. los discursos que maliciosamente se hacen contra el decoro de su persona, seria bien declarar todo el hecho, y poner en salvo la honra del capitan de la Coronela, haciendo saber al enemiga, que no hay en esta Plaza, quien sea capaz de hacer tratos, que no sean para su ruina.

Si convendrá hacer accion general, ó particular, sobre el enemiga, antes ó depués de la conmocion del Pais, como por embajadas se lo ha representado á V. S. el Consistorio de la Diputacion.

Con el zelo debido al mayor Servicio del Rey N. S. (D. l. g.) y con el entrañable amor que tengo a la amada Patria, debò decir: que el remitir los destacamentos se suspenda por ahora, enviando luego persones de satisfaccion á los parajes mas importantes, para que informados de algunos que tienen honra y esquito, traigan individual y cierta noticia del Estado y conmocion que nos dice: para cuyo fin, daré sugetos que pagándoles practicaran con tan importante diligencia y en el interm que se prevengan todos lo medios necesarios, para en caso de haver de salir los destacamentos, pues sin ellos precisaria la necesidad de mantenir las tropes ó inquietar á los mismos que hemos menester, que evidentemente produciria pernicioses consecuencias.

Con conocida ventaja peleariamos si el enemiga nos viene á assaltar, sabiendo nosotros el cuando, y por donde, por cuyo motivo me parece, que debemos esperarles, procurando que vengen cunanto antes, asi para obviar el riesgo de que entre en desconfiança, como porque racionalment se pueda esperar, que quitándole en la funcion porcien de su ejército, se nos abre camino para mejores empreses, y con estos quedarà salvada la honra del capitan de la Coronela, y desvanecida cualquiera sospecha que la malicia pueda haver formado V. S.; però por si no pareciese practicar lo referido, diré (aunque me dilate) mi sentir sobre estos dos puntós en particular.

Todos los Hombres de entendimiento que pudieren tenir censura en la conducta de V. S.) tendrán muy presente la particular compasion de que son dignos, los que en tan ágria constitucion tienen empleos y no dudaré que V. S. sabrà desempeñar el que ejerce, con la honra y universal aprobacion que lo ha hecho con todos los que hasta hoy ha obtenido; y en esta segura intel·ligència, parece que V. S. no debe hacer público lo que ha practicado, pues la honra de V. S. està siempre segura, y para volver por la del capitan, no faltarà tiempo y sazon, que ahora no lo es.

No alcanzó mi juicio, que pudo ser conveniente el que los intereses del Rey en este continente, y nuestra libertad, se aventuren sin necesidad, á Lance de una accion general tan dudosa, como se deja conocer, de la superioridad que nos tiene el enemiga en tropes y situacion: mayormente cuando el alivio permanente de esta Ciudad y Principado, pende de un accidente del tiempo, que mejore el fatal sistema de la Europa ó de la paz general, concluida con mas favorables condiciones que las que su infausto preliminar anuncia, y la malicia y astúcia de la Francia procura, ó de la continuacion de la guerra, tomándola á su cargo el Rey N. S., enviando los prontos y poderosos socorros que pide la urgència, sobre que debemos insistir, representando al E. y F. Consistorio que contribuïa con la mas eficaç y accelerada instaneja; y en el interin el principal asunto que ha de ocupar nuestra atencion, ha de ser el mantenir esta Plaza, pues en su conservacion se cifra la esperanza de liberar al Principado, y aún a España.

En cuanto á la accion particular, soy de sentir que no una sola sinó muchas se deben hacer, fatigándole con repetides armes, que ayudadas de lo riguroso de la estacion le vayan lentamente debilitando para que ahora me pueda destacar, manteniéndole en confusión hasta que llegue el caso de la esperada conmocion, reservando siempre las tropes y Coronela para lo mas conveniente, y que se aventuren los fusileros, compañías sueltas, y algunos voluntarios, y parte de desmontados. – Excmo. Sr. esto es lo que mi corte talento alcanza, sobre el asunto propuesto por V. S. á cuyo dictamen sujeto el mio, quedando siempre á la obediència de V. S. como debe. El cielo guarde la persona de V. S. como deseo y he menester.

De la posada y enero 19 de 1714.

Excmo. Sr. B. L. M. de V. S. S. S. S.

D. José Bellver.

Excmo. Sr. D. Antonio Villarroel.»

«Excmo. Sr.

Al primer punto que se refleció en el Concejo de guerra sobre la conmocion del país, si conviene remitir los destacamentos dispuestos para el Campo de Tarragona y parte de Mataró, debò decir, que se puede ejecutar, por las circunstancias que V. S. se ha servido proponer en el Concejo.

Al segundo sobre inducir al Duque de Populi á que venga á dar el asalto a esta plaza, soy de sentir, que no solo es conveniente, però que V. S. continue en la idea con el mayor esfuerzo, pues deseando los comunes, el que se venga á una accion contra el enemiga, en ninguna otra forma se puede venir á ella que en la que V. S. tiene construidas ni con mas ventajas para ganarla, escusándonos al conseguirlo fuera de la plaza, rompiendo sus cordones, y la exposicion de que para lograrlo serà con más pérdida.

Al tercero que toca el decoro de V. S. y Crédito del capitan de la Coronela, sobre el comercio del enemiga, é introduccion de cartes en su Campo para inducir al Duque de Populi á que venga á dar asalto, á esta plaza, y que si serà bien que se publique todo el hecho, soy de dictamen que el decoro de V. S. (sin necesidad de estas empreses) quedarà siempre en el mayor esplendor, y el Crédito del capitan bastantemente acrisolado, y mas si se logra vèncer al enemiga á que venga al asalto y que quede bien escarmentado, como esperamos todos, por los modos con que la acertada conducta de V. S. puede prevenirse para recibirle; y en el caso que este suceso no saliere ni se consiga que el enemiga venga, entonces si que serà bien que se publique, porque siendo todos nosotros testigos de los Buenos deseos de V. S. podremos ayudar a hacer testimonio de ellos.

Al cuarto que pertenece sobre si convendrá ejecutar una accion generall ó particular sobre los enemigos, antes ó despues de la conmocion del país, para detenir sus destacamentos, (como por embajador lo ha propuesto á V. S. la Excma. Diputacion) respondo: con la suposición de que V. S. y este Excmo. y Fidelisimo Consistorio de la Diputación esperan socorro del Rey N. S. (Q. D. G.) con cuya suposición serà bien (atendido á la cortedad y calidad de nuestro ejército, y que de ningún modo es conveniente al Real Servicio exponer la Coronela fuera de la plaza) que no se entre en funcion general antes que el país se conmueva, si solo que se gane el tiempo en esperar el socorro, pues en esto consiste nuestra defensa, y para que cuando llegue pueda entonces servirnos de mas utilidad, però en el caso de moverse el país; y que venga á ocupar estas montañas, entonces ellos y nosotros es mi parecer, el que se entre á la acción general que se sol·licita; como así mismo el que el Principado se acalore y conmueva á ello, haciendo de la plaza una accion particular que conozco conveniente, y esta bastarà la que V. E. tiene premeditada, que es la del asalto, y si no se puede llegar á ella; la de atacar un cuartel en la misma línia del enemiga; y bastarà para detenir sus destacamentos, y esta en la forma que á V. E. pareciere mas conveniente al Real Servicio y bien de la patria, que es cunato se me ofrece de mi voto Guarde Dios á V. E. los muchos años que deseo.

Barcelona y enero 19 de 1714.

Excmo. Sr. B. L. M. de V. E., su mas apasionado S.

El brigadier D. José Muragull.

Excmo. Sr. D. Antonio de Villarroel.»

«Excmo. Sr.

Habiendo hecho cabal concepto del dictamen del Excmo. Sr. general comandante D. Antonio de Vilarroel, y que le adorna la integridad y zelo de la causa común, no discorro para el acierto del mio, otro camino, que conformarme en todo y por todo.

Para el major logro del intento, es preciso tenir prevenidos los medios concernientes, por parte de los Excmos. y Fid. Consistorios de Diputación y Ciudad, segon lo que tocarà á cada uno, y con tal puntualidad, que no haya la menor falta.

Últimamente, es menester aplicar el mayor cuidado y resguardo, á la parte principal, donde consiste la fuerza, y subsistència del Principado, que es en la Seguridad y conservacion de esta Capital; con lo cual explico y confirmo, el voto que di en el Concejo de guerra, sobre todos los puntós que en él se propusieron.

Barcelona y enero 20 de 1714.

El marqués de Cullera.

Excmo. Sr. D. Antonio de Villarroel.»

Olga Hiraldo i Martí

Fonts consultades: Gazeta de Barcelona; i, Historia del memorable sitio y bloqueo de Barcelona y heroica defensa de los fueros y privilegios de Cataluña en 1713 y 1714, de M Bruguera.

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