Tenim dret a la secessió? (278)

Bon dia,

Avui  el Recull el basaré en una reflexió/resposta oberta al nostre company dels GOAL,  en Joan Forés, arran d’una dissecció encertada que en fa del pròleg del  llibre del que parlàvem ahir: «Secessió», d’Allen  Buchanan, catedràtic de la Universitat de Duke  (EEUU):

Bon anàlisi de l’article Joan, felicitats. 

Vull destacar una reflexió clau per la humanitat, sí, sí, per  la humanitat, has sentit bé. A més empelta bé amb l’article del Francesc Marc  Àlvaro sobre la batalla moral, article sobre el que ahir vaig un  escrit/comentari en el meu Recull Comentat del Procés d’Independència  (núm.277)

«un régimen de seguridad internacional  centralizado formalmente en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que  incluye una norma sorprendentemente eficaz contra las guerras entre  Estados, «

Aquesta és la raó principal per la que la lluita per la Llibertat Nacional Catalana pot ser un gran exemple pel  món. Exemple d’aconseguir per fi el que jo sempre he dit el  «Dret de Divorci entre  pobles», col·lectius, o diguem-li com vulguem! Una solució factible a la causa de la majoria de guerres  del món que solen ser territorials!!!

Que  més recompensa i avenç que aquest! i més per a un poble tan solidari  amb totes les causes del món com el nostre!. I així acabar amb l’imperialisme com l’espanyol! 

Encara  recordo les declaracions d’aquesta setmana d’almenys un parell de tertulians  espanyols de televisió (textual en un d’ells, no recordo el nom): «los gibraltareños, como los catalanes, no  nos interesan para nada, lo que nos interesa es la roca, el  territorio!, que es España se quiera o no!!!», això és imperialisme en estat pur (a Sud-Amèrica el coneixen bé!) i que  subjuga en la mentalitat de bona part de la societat espanyola (manipulada a  voltes) 

És una  forma de veure la vida molt diferent a la catalana. Al meu  entendre Per nosaltres la Nació són  les persones, és la societat que dona legitimitat a la propietat (sobirania) de  la terra sobre la que esta assentada històricament. La  propietat per la propietat, la terra per la terra per conquerir, a la  castellana, no ens ha interessat mai!, els nostres  imperis han estat comercials mai imperialistes. 
En fi diferències irreconciliables, només solucionables  per la Secessió o la Dissolució, encara no ens hem adonat?….I tu? Que  prefereixes??…

 
Sergi Alcon i  Gibert

Benvolguts,

Avui comentem el pròleg d’un llibre del  Catedràtic de Duke (EE UU) Allen  Buchanan, que té per nom  Secessió i que apareixerà al mercat el mes que ve.  Buchanan és un expert en l’ètica de l’autodeterminació del pobles. I aquest  pròleg demostra que molts intel·lectuals mundials (excepte els espanyols?),  s’estan preocupant de la manca de legitimitat que pugui tenir Espanya en el  tracte que està donant a Catalunya. Ja no parlen del dret de Catalunya a  autodeterminar-se, això ho donen per resolt. El que es tracta ara és de veure  l’ètica del tracte colonial que Catalunya està  rebent des de fa molts anys d’Espanya. A parer dels experts  internacionals, ara està reconegut que el camí passa per l’autodeterminació.  Sembla que l’antic problema i per tant la possibilitat de solució s’està  internacionalitzant de manera molt positiva per Catalunya!

El petit assaig que fa de pròleg al seu darrer  llibre Secessió, demostra que té un bon coneixement de la història de Catalunya  dels darrers 300 anys. Categoritza molt bé els esdeveniments, fa precisions a la  immediatesa del procés d’independència, explica que “las fronteras estatales existentes no son fruto de una  planificación racional o del consenso democrático; son accidentes históricos que  surgieron de procesos que, en su mayor parte, distaban mucho de ser aceptables  desde un punto de vista moral”. Deu basar els seus coneixements i  reflexions en el seu llibre del 2003 States, Nations, and Borders: The Ethics of Making  Boundaries I aplica les seves conclusions al procés  català.

Matisa les objeccions a una “independència  express” i matisa la possibilitats del dret al  retorn a la dependència en unes posteriors  conteses…

Explica que segons la seva  teoria del dret corrector hi ha 4 escenaris d’injustícies en el planteig de la independència  i considera no aplicables al contenciós Catalunya-Espanya  les dues primeres (annexió injusta i violacions a gran escala de drets humans  fonamentals). Admet la discussió de les altres dues (vulneració per part de  l’Estat de les obligacions del règim autonòmic intraestatal o la negativa  continuada a negociar una forma d’autonomia intraestatal  adequada)

Explica els greuges que Catalunya exposa  contínuament: “Un argumento contundente a favor del derecho de  Cataluña a la secesión no consensuada puede alegarse sobre la base de que  España no ha demostrado buena fe a la  hora de responder a las demandas de mayor autonomía intraestatal”. I conclou  que: “Es bastante razonable concluir que las  perspectivas de un régimen de autonomía viable son poco  halagüeñas”.

Finalment veu que el contenciós s’ha de  resoldre: “con la ayuda de una tercera parte independiente capaz de respaldar el proceso de negociación de autonomía intraestatal, de  controlar que ambas partes cumplan con los términos del acuerdo y de  proporcionar incentivos efectivos para que ambas partes cumplan. En el caso de  Cataluña, la candidata evidente es la  UE”.

El penúltim paràgraf sembla que vulgui dir que  caldrà arribar a una secessió no consensuada,  tutelada per la UE:

Si España no  está dispuesta a comprometerse realmente con una renegociación de las  competencias de autogobierno de Cataluña dentro del seno del Estado, ello  incrementará los argumentos a favor de un derecho a  la secesión no consensuada.

I aleshores el darrer paràgraf no l’acabo  d’entendre. Si hi ha una secessió que al final haurà hagut de ser no consensuada, per què torna a parlar de bona fe  i d’acord autonòmic, i de que Catalunya aporti res per sostenir el estado de  bienestar dels espanyols (?). Com hem estat fent sempre  (?):

Desde el bando  catalán, la buena fe debería incluir un  compromiso firme con el Estado de bienestar de España, lo que significa  reconocer que cualquier acuerdo autonómico que pueda surgir del diálogo debería  ser compatible con el hecho de que Cataluña aporte la parte que le corresponda  al sostenimiento del bienestar de todos los afectados

I una darrera consideració: Si Buchanan proposa  la UE com a garant de l’acord, vol dir que pressuposa que Catalunya restarà a la  UE després de la secessió!

 

I ara el Pròleg del llibre Secessió  de Buchanan:

¿Tiene Cataluña derecho a la  secesión?

El catedrático de Duke  (EE UU) Allen Buchanan se  incorpora al debate sobre el futuro de Cataluña

Lo hace en el  prólogo de la edición española de  su libro ‘Secesión’

El investigador  propone una negociación con la  mediación de la UE

El movimiento independentista catalán tiene lugar  en un mundo en el que la secesión es cada vez más  factible y deseable, al menos para los secesionistas. Dos  acontecimientos fundamentales ocurridos tras la II Guerra Mundial han  posibilitado la aparición de Estados mucho más pequeños:

  • un régimen de  seguridad internacional centralizado formalmente en el Consejo de Seguridad de  las Naciones Unidas, que incluye una norma sorprendentemente eficaz contra las  guerras entre Estados,
  • y la expansión de los  mercados más allá de las fronteras estatales, llevada a cabo a nivel global por  la Organización Mundial del Comercio y, desde un punto de vista regional, por la  Unión Europea.

En el pasado, los Estados pequeños resultaban  inviables o, como mínimo, inseguros, ya que eran presa fácil para los más grandes y sus mercados  nacionales eran insuficientes para que hubiese crecimiento económico. Ahora que  esas limitaciones al tamaño de los Estados se han eliminado en gran medida, se  plantea la pregunta de si unidades soberanas más pequeñas resultarían ventajosas  y para quién. Al fin y al cabo, las fronteras  estatales existentes no son fruto de una planificación racional o del consenso  democrático; son accidentes históricos que surgieron de procesos que, en su  mayor parte, distaban mucho de ser aceptables desde un punto de vista moral.  (…)

 

Pel que es veu en els títols dels llibres que       Buchanan està editant en els darrers anys, la seva dedicació ha estat       l’ética de l’autodeterminació:

  • Buchanan, Allen (2003) Justice,       Legitimacy, and Self-Determination: Moral Foundations for       International Law
  • Macedo, Stephen; Buchanan, Allen E. (2003) Secession and Self-Determination (336       pages)
  • Buchanan, Allen; Margaret Moore (2003) States, Nations, and       Borders: The Ethics of Making       Boundaries (376 pages)

La perspectiva de una autonomía viable es muy poco  halagüeña tras la sentencia del TC y la intervención lingüística

Los argumentos a favor de replantearse las fronteras  estatales no se  basan únicamente en consideraciones prácticas acerca del incremento de la  seguridad y de una mayor libertad de mercado; también tienen sentido desde el punto de vista de los valores  democráticos ya que, al menos en algunos casos, la democracia funciona mejor a menor escala.  Algunos secesionistas catalanes apuntan que si una mayoría de catalanes quiere  la independencia, el respeto a la democracia exige que les sea concedida.  Sin embargo, esto es demasiado  precipitado. (…) Existen dos objeciones democráticas fundamentales  para apelar a los valores democráticos como justificación de la secesión  mediante un plebiscito local.

  • En primer lugar, si la secesión fuese así de  sencilla, se correría el riesgo de que la amenaza de la misma fuese utilizada  como instrumento de negociación estratégica para minar la toma de decisiones  democrática. Al amenazar de manera creíble con abandonar el Estado, una minoría  podría, en la práctica, ejercer un veto siempre que los procedimientos  democráticos pudiesen producir un resultado no deseado por ella.
  • En segundo lugar, para que la democracia  funcione, lo razonable es que los ciudadanos esperen reciprocidad; tienen que  tener la seguridad de que si hoy pierden, mañana ganarán, y tienen que tener  suficiente conocimiento sobre sus conciudadanos y sobre sus valores y  preferencias para predecir que también ellos aceptarán los resultados de los  procedimientos democráticos.

Si los límites del sistema de Gobierno fuesen  demasiado inciertos, es decir, si pudiesen crearse nuevos Estados cada vez que  se formase una mayoría en una zona de un Estado existente, los ciudadanos no  gozarían de la garantía de reciprocidad necesaria porque, en tal caso, sería  impredecible saber quiénes son sus conciudadanos. (…) Por tanto, no existe un argumento sencillo basado en la  democracia a favor de la justificación de la secesión de Cataluña.  Sin embargo, el compromiso con la democracia bien entendida sí exige que España  se muestre dispuesta:

  • bien a dar cabida a un estatus autonómico más  sólido y estable para Cataluña
  • o bien a pactar una secesión  negociada.

Las diferentes teorías del derecho corrector  reconocen una serie más extensa o más reducida de  injusticias que dan origen al derecho a la secesión. Mi propia  versión de la teoría del derecho  corrector reconoce cuatro tipos distintos de injusticia:

  • (i) anexión injusta del territorio de un  Estado soberano,
  • (ii) violaciones a gran escala de  derechos humanos fundamentales,
  • (iii) redistribución discriminatoria  continuada y grave (distribución de los recursos del  Estado que perjudica de manera injusta a una región determinada)
  • y (iv) vulneración por parte del Estado  de las obligaciones del régimen autonómico intraestatal o la negativa continuada a negociar una forma de autonomía  intraestatal adecuada (…)

En el caso de Cataluña, la anexión por parte de la España  castellana tuvo lugar hace tres siglos. Cualquier principio moral  general según el cual la secesión estaría justificada si sirviese para recuperar  un territorio anexionado injustamente (i), que se remontase tan atrás en el  tiempo, resultaría inaceptable. Provocaría una inestabilidad política masiva y,  casi con toda seguridad, una violencia generalizada. También considero que es  relativamente indiscutible que los catalanes no están sufriendo violaciones de  sus derechos humanos fundamentales por parte del Estado español  (ii).

Me centraré en la  aplicabilidad del tercer y cuarto tipo de injusticias. La acusación  de redistribución discriminatoria se expresa a menudo de manera retóricamente  dramática y tal vez exagerada con el lema “España  nos roba”. Quienes alegan esto a veces pasan por alto el hecho de que  en prácticamente todos los Estados comprometidos con el bienestar de la  totalidad de sus ciudadanos habrá una considerable redistribución entre  regiones. (…) A menos que rechacemos la idea misma del Estado de bienestar,  debemos aceptar la redistribución. La verdadera  cuestión es determinar cuándo la redistribución es injusta o  discriminatoria. Algunos defensores de la independencia de Cataluña  aportan datos que demuestran que Cataluña paga más y recibe menos que algunas  regiones más ricas. Si esto es cierto, hay que explicar algunas cosas. En igualdad de condiciones, la redistribución dentro del  Estado debería ser progresiva y coherente. De lo contrario, la  reciente negativa por parte del Gobierno español a  renegociar su política fiscal respecto a Cataluña, situada en el  contexto de una larga historia de quejas de redistribución discriminatoria,  confiere mayor peso a la reivindicación de independencia según la versión de  la teoría del derecho corrector que  sostengo en este libro. Demostrar que la redistribución discriminatoria está  teniendo lugar y que es lo suficientemente grave como para justificar la  respuesta radical de la secesión unilateral es más difícil de lo que admiten  quienes alegan que es lo que está sucediendo en Cataluña.

Un  argumento contundente a favor del derecho de Cataluña a la secesión no  consensuada se basa en que España no ha demostrado buena fe al responder a las  demandas de mayor autonomía intraestatal

Un argumento contundente a favor del derecho de  Cataluña a la secesión no consensuada puede alegarse sobre la base de que  España no ha demostrado buena fe a la  hora de responder a las demandas de mayor autonomía intraestatal. Para valorar  por qué esto es así es necesario entender la dinámica de los procesos que  conducen a una demanda popular de independencia. Simplificando, se trata de lo  siguiente: un grupo descontento de una parte del Estado se moviliza para lograr  más control sobre sus asuntos; para incrementar sus competencias de  autogobierno. El Estado o bien ignora sus peticiones o bien les concede cierta  autonomía intraestatal, pero en la práctica incumple  el acuerdo. En consecuencia, muchos  autonomistas se vuelven secesionistas. Entonces, el Estado reacciona  duramente ante las demandas de independencia y los  secesionistas se vuelven todavía más convencidos.

La cuestión es que ambos bandos tienen razones para  desconfiar. La falta de confianza puede malograr la que, por otra parte, sería  una solución satisfactoria: un acuerdo autonómico intraestatal que conceda al  grupo regional descontento competencias considerables de autogobierno y permita  al Estado conservar la soberanía sobre la región. Dada la reciente derogación por parte del Tribunal  Constitucional de una serie de disposiciones del Estatuto de autonomía y las  intervenciones de España en la política lingüística catalana, es bastante  razonable concluir que las perspectivas de un régimen de autonomía viable son  poco halagüeñas.

En el otro plato de la balanza, resulta bastante  razonable que a España le preocupe que, en caso de responder afirmativamente a  la demanda de mayor autonomía de Cataluña, a dicha demanda le siga otra y que,  al final, no le satisfaga nada que no sea la independencia. No veo otra forma de resolver este problema de seguridad  bilateral que no sea con la ayuda de una tercera parte independiente capaz de  respaldar el proceso de negociación de autonomía intraestatal, de controlar que  ambas partes cumplan con los términos del acuerdo y de proporcionar incentivos  efectivos para que ambas partes cumplan. En el caso de Cataluña, la candidata  evidente es la UE.

Concretamente, creo que no sería razonable esperar  que los autonomistas catalanes se conformasen con acuerdos de autonomía que  puedan ser anulados por las resoluciones de un Tribunal Constitucional al que consideran  comprometido con una España unitaria y  centralista. Si España no está dispuesta  a comprometerse realmente con una renegociación de las competencias de  autogobierno de Cataluña dentro del seno del Estado, ello incrementará los  argumentos a favor de un derecho a la secesión no consensuada. Desde  el bando catalán, la buena fe debería  incluir un compromiso firme con el Estado de bienestar de España, lo que  significa reconocer que cualquier acuerdo autonómico que pueda surgir del  diálogo debería ser compatible con el hecho de que Cataluña aporte la parte que  le corresponda al sostenimiento del bienestar de todos los  afectados.

Secesión (Ariel), de Allen  Buchanan, se edita el 6 de junio. 320 páginas. 24,90 euros.

Joan A. Forès
Reflexions
http://reflexionsjafores.blogspot.com.es/

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